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Ordenanzas Reguladoras

El Ayuntamiento somete también a consulta pública la Ordenanza Reguladora de Vados

El documento íntegro se puede consultar en la Página Web institucional, por espacio de diez días, hasta el próximo 03 de septiembre


2020 ALC ConsultaPublica VadosEl Ayuntamiento de San Bartolomé de Tirajana, a través del Área de Gobierno de Turismo, Urbanismo, Políticas ambientales y Recursos Humanos, de la que es titular el concejal Alejandro Marichal, ha resuelto también someter durante estos días a consulta pública la Ordenanza Reguladora de Vados, Reservas de Espacios y Ocupación de la Vía Pública en el municipio, “dada la urgente necesidad de regular los citados espacios”, según se recoge en la documentación elaborada por un equipo redactor de empleados públicos del Área de Urbanismo.

 

El sometimiento a consulta pública previa se basa en el artículo 9.2 de la Constitución Española, que establece la obligación de los poderes públicos de facilitar la participación de todos los ciudadanos en la vida política, económica, cultural y social, así como del Procedimiento Administrativo Común, que señala que “con carácter previo a la elaboración del proyecto o anteproyecto de ley o reglamento, se sustanciará una consulta pública, a través del portal Web de la Administración competente, en la que se recabará la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectadas por la futura norma, acerca de: los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa; la necesidad y oportunidad de su aprobación; los objetivos de la norma y las posibles soluciones alternativas regulatorias”.

 

El objetivo fundamental de la norma es cubrir el vacío normativo existente a nivel municipal. Con la presente Ordenanza de Vados se pretende conseguir la unificación de criterios en la actuación administrativa; fortalecer el principio de seguridad jurídica; establecer mecanismos de control que eviten el deterioro y la incorrecta utilización y garantizar la rotación de aparcamientos, entre otros objetivos.

 

De ahí que, el Ayuntamiento, a través del Área de Gobierno de Turismo, Urbanismo, Políticas Ambientales y Recursos Humanos, haya decidido conceder a los ciudadanos, asociaciones y otras organizaciones en general, que así lo consideren, el plazo de diez días, a contar desde el siguiente a la publicación oficial del anuncio de esta resolución en la Página Web Institucional del Ayuntamiento, la formulación de opiniones sobre el asunto sometido a consulta pública. Dichas opiniones se expresarán a través de la dirección de correo electrónico que se ha habilitado al efecto. Se trata de un acto de puro trámite, por lo que no es objeto de recurso alguno, según explican sus redactores, sin perjuicio de la posibilidad de los interesados de formular alegaciones y sugerencias en el trámite de información pública, tras la aprobación inicial de la Ordenanza por el Pleno de la Corporación.

 

Con la publicación de la Ordenanza publicada el 19 de agosto en el portal institucional del Ayuntamiento, www.maspalomas.com (https://eadmin.maspalomas.com/transparencia/participacion/proceso/2), se podrá, tanto consultar el texto íntegro del citado documento, como ejercer la posibilidad de participar y opinar en la consulta pública, por espacio de diez días, hasta el próximo día 03 de septiembre.


Gabinete de Prensa
Ilustre Ayuntamiento de la Villa de San Bartolomé de Tirajana
35100 - Plaza de Timanfaya - San Fernando de Maspalomas
Teléfono: 928 723 400 Ext: 1535
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El Ayuntamiento somete a consulta pública la Ordenanza de Terrazas

El documento íntegro se puede consultar en la Página Web institucional, desde su publicación oficial, por espacio de diez días


2020 ALC TerrazaYumbo

El Ayuntamiento de San Bartolomé de Tirajana, a través del Área de Gobierno de Turismo, Urbanismo, Políticas ambientales y Recursos, de la que es titular el edil Alejandro Marichal, someterá en los próximo días a consulta pública la Ordenanza Reguladora de los Espacios de Uso Público para la Instalación de Terrazas, “dada la urgente necesidad de regular los citados espacios, fundamentalmente por la situación generada por la pandemia del Covid-19”, según se recoge en la resolución elaborada por un equipo redactor de empleados públicos del Área de Urbanismo, encargado de la elaboración y tramitación del citado documento.

 

El sometimiento a consulta pública previa se basa en el artículo 9.2 de la Constitución Española, que establece la obligación de los poderes públicos de facilitar la participación de todos los ciudadanos en la vida política, económica, cultural y social, así como del Procedimiento Administrativo Común, que señala que “con carácter previo a la elaboración del proyecto o anteproyecto de ley o reglamento, se sustanciará una consulta pública , a través del portal Web de la Administración competente, en la que se recabará la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectadas por la futura norma, acerca de: los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa; la necesidad y oportunidad de su aprobación; los objetivos de la norma, y las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias”.

 

El objetivo fundamental de la norma es cubrir el vacío normativo existente a nivel municipal sobre la ocupación de los espacios públicos con terrazas, regular las instalaciones futuras y abordar la problemática generada por las terrazas colocadas ilegalmente. En este sentido, entre los problemas que se pretenden solucionar están el rápido crecimiento del número de terrazas en el municipio, que al amparo del buen clima y en las actuales condiciones de pandemia y distancia interpersonal, entre otros, requieren la implantación de normas de homogeneidad, según se recoge en el anteproyecto. También se pretende tratar de favorecer la instalación de terrazas, velando siempre por el interés general, un paisaje en armonía, respeto de los derechos de los viandantes, consumidores y la seguridad de las instalaciones.

 

De ahí que, el Ayuntamiento, a través del Área de Gobierno de Turismo, Urbanismo, Políticas Ambientales y RR.HH, haya decidido conceder a los ciudadanos, asociaciones y otras organizaciones en general, que así lo consideren, el plazo de diez días, a contar desde el siguiente a la publicación oficial del anuncio de esta resolución en la Página Web Institucional del Ayuntamiento, la formulación de opiniones sobre el asunto sometido a consulta pública. Dichas opiniones se expresarán a través de la dirección de correo electrónico que se ha habilitado al efecto. Se trata de un acto de puro trámite, por lo que no es objeto de recurso alguno, según explican sus redactores, sin perjuicio de la posibilidad de los interesados de formular alegaciones y sugerencias en el trámite de información pública, tras la aprobación inicial de la Ordenanza por el Pleno de la Corporación.

 

Por tanto, desde la publicación de la Ordenanza en el portal institucional del Ayuntamiento, www.maspalomas.com (https://eadmin.maspalomas.com/transparencia/participacion/procesos) , se podrá, tanto consultar el texto íntegro del citado documento, como ejercer la posibilidad de participar y opinar en la consulta pública, por espacio de diez días, desde que esté publicada, ejerciendo un derecho constitucional. 


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San Bartolomé de Tirajana pone en marcha la ordenanza municipal de Terrazas tras su aprobación definitiva en el Pleno

El documento definitivo resuelve las dos únicas alegaciones presentadas durante el trámite de información pública


20201127 PRE PlenoOrdinario 01

La corporación municipal procedió hoy viernes, 26 de marzo de 2021, a la aprobación definitiva por unanimidad de la Ordenanza reguladora de los espacios de uso público para la instalación de terrazas, presentada por el área de Urbanismo del ayuntamiento de San Bartolomé de Tirajana.

 

La alcaldesa Conchi Narváez destaca la importancia de esta ordenanza para la modernización de Maspalomas como destino turístico “ya que sienta una base legal que no existía, cuyo objetivo es mejorar el destino y ofrecer garantías al sector de la hostelería en el municipio”.

 

El documento definitivo resuelve las dos únicas alegaciones-sugerencias presentadas durante el trámite de información pública que hacían referencia a los horarios de funcionamiento de las terrazas situadas en edificios con consolidación de uso residencial, en suelo turístico. Las dos alegaciones presentadas fueron desestimadas, entre otras razones, por no ser aplicable el texto de la Ordenanza a los espacios libres, de uso privado, de los centros turísticos de alojamiento.

 

El concejal de Urbanismo, Alejandro Marichal, destaca que con esta normativa se acaba con el “limbo jurídico” en el que se encontraba hasta la fecha el sector de la hostelería. “Con ella damos seguridad jurídica al empresario ya que regula los requisitos para la concesión de licencias, se apuesta por mejorar la imagen estética de las terrazas y aseguran la calidad de los espacios públicos; además, se promueve la actividad económica en el sector de la hostelería”.

 

La citada Ordenanza, que entrará en vigor a los 15 días de su publicación en el B.O.P. podrá ser consultada en la página web del ayuntamiento para conocimiento y fácil acceso de los ciudadanos, cubre definitivamente el vacío normativo sobre las condiciones técnicas, prohibiciones, procedimientos para su otorgamiento, expedientes sancionadores, revocaciones y/o infracciones, entre otros aspectos.

 

La Ordenanza, explica el concejal de Urbanismo, Alejandro Marichal, define los usos de las terrazas y los usos colectivos  del espacio público; “garantiza la calidad de las instalaciones para potenciar este municipio, así como la excelencia de nuestro destino turístico; da respuesta a la demanda de los ciudadanos que quieren disfrutar del dominio público y garantiza el derecho al descanso; y por último, apoya la actividad económica de los sectores de restauración y similares, para que puedan dotar de una mejor oferta a los usuarios de los establecimientos”, concluyó el edil.


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